Durante los últimos meses de 2022, la producción -y por ende análisis- de normativas en Honduras fue relativamente escaso. Gran parte de las acciones se mantuvo en la suspensión de las garantías constitucionales de los ciudadanos bajo la excusa de buscar mantener el orden público.
De hecho, en el mes de enero de 2023 se aprobó otra extensión de esta medida. La cual afecta a los municipios del Distrito Central, San Pedro Sula y otros identificados por la Policía Nacional.
Empero, la ley que llamó la atención, y que fue analizada por el Libertómetro, representa una clara violación a la libertad individual y fue avalada por el Ejecutivo.
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Nos referimos a la reforma del Acuerdo Ministerial 2744 sobre la Píldora Anticonceptiva de Emergencia. El texto de la modificación establece: «Prohibir la promoción, el uso, venta y compra relacionada con la Píldora Anticonceptiva de Emergencia (PAE), así como la distribución pagada o gratuita y comercialización de fármacos de anticoncepción de emergencia, en farmacias, droguerías o cualquier otro medio de adquisición; exceptuando de esta prohibición, la promoción y el uso de la Píldora Anticonceptiva de Emergencia (PAE) para los casos de víctimas sobrevivientes de violencia sexual».
De acuerdo con el análisis efectuado, esta reforma recibió una puntuación de -2 por atentar contra los subíndices del Derecho al honor, intimidad personal y propia imagen y la Libertad de decisión y elección, que forman parte de la Libertades Individuales.
La primera de ellas mide la capacidad del Estado para proteger la intimidad y dignidad de las personas que no ejerzan un cargo público. Mientras que la segunda mide la libertad de las personas para actuar pacíficamente según sus objetivos y proyectos personales.
Ambos subíndices son claramente vulnerados por esta aprobación, que impide la libre elección de uso de la píldora solo para solo para los casos establecidos en la reforma.