La República de Costa Rica ha implementado diversas medidas que buscan una reforma a la estructura reglamentaria de sectores claves, como lo son la seguridad, migración, canasta básica y educación. Pasaremos a analizar cada una de esas áreas a continuación.
Como primer punto, la reforma en materia de seguridad trata sobre un cambio en el reglamento de armas y explosivos, a través del Decreto Ejecutivo N° 43858-SP, actualizando los procesos y procedimientos relacionados con la matrícula de armas de fuego y permisos de portación de armas, para así cumplir con los principios de celeridad, simplicidad, eficiencia, revisión y eliminación de trámites y requisitos. Esta legislación fue calificada favorablemente, ya que ayuda a mitigar riesgos de corrupción y arbitrariedades en el proceso.
En cuanto a la reforma en materia migratoria, vemos que, con el Decreto No 43926-MGP-H-TURE, simplifica los tramites para los extranjeros que ingresen al país y que decidan invertir y hacer negocios, estableciendo condiciones para regularizar a los extranjeros «residentes rentistas, residentes pensionados e inversionistas», creando una subcategoría migratoria de inversionista, garantizando incentivos fiscales.
Por otro lado, en la categoría de canasta básica, el Decreto Ejecutivo N°43899 – H-MEIC-S, tiene como objetivo subsanar errores e inclusiones que daban pie a mal interpretaciones de los alimentos que se incluyen en la Canasta Básica.
Finalmente, en cuanto a la educación, vemos que el Decreto Ejecutivo N°43942-MEP, contempla diversos temas, entre ellos, el más controversial: la creación de la Prueba Nacional Estandarizada, según el decreto, esta prueba será utilizada para medir el aprendizaje de los estudiantes que cursan educación primaria y secundaria. El gobierno afirma que la prueba permitirá obtener datos de rendimiento de los estudiantes para evaluar el nivel de aprendizaje y la eficacia del sistema educativo, ya que incluirá una medición de las habilidades cognitivas y las destrezas que se estiman necesarias para el éxito académico, utilizando estándares internacionales. A pesar de lo anterior, alguna de las críticas que podemos observar de este decreto es el impacto que podría llegar a tener en los estudiantes, además de las preocupaciones en torno a que las pruebas sean aplicadas digitalmente, específicamente, por los conocidos obstáculos en materia de conectividad y falta de infraestructura tecnológica dentro de los centros educativos públicos. Consideramos que las dudas y preocupaciones en torno a la aplicación de la prueba estandarizada superan los beneficios que el Estado ha manifestado que esta causará, puesto que si bien, es positivo que el Estado busque mejorar la calidad de los servicios que provee, deben existir procesos de estudio y consulta con los afectados, a fin de evitar «experimentos» que pueden traer mayores perjuicios que beneficios por la forma deficiente en la que son aplicados.
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Por otro lado, y con respecto a las otras medidas implementadas por el Estado de Costa Rica vemos el Decreto Ejecutivo N° 43868-COMEX-H, que contempla la publicación de la Resolución número 466-2022 del Consejo de Ministros de Integración Económica, que resolvió modificar el artículo 1 (ámbito de aplicación) del Procedimiento Centroamericano para la Expedición del Certificado de Reexportación, puesto que COMEICO ha identificado la necesidad de establecer que, en el Certificado de Reexportación, se podrán amparar las mercancías de varios países de origen o de diferentes exportadores con el propósito de brindar certeza jurídica en cuanto a su alcance y a su aplicación, lo anterior a fin de brindar certeza jurídica.
También, se decretan Oficializar y declarar de interés público la estrategia integral de prevención para la Seguridad Pública «Sembremos Seguridad», cuyo objetivo es el de actualizar el contenido y procedimientos de la estrategia integral del prevención para la seguridad pública «Sembremos seguridad», una estrategia que tiene como finalidad la priorización de tipos de delitos y riesgos sociales, identificación de organizaciones criminales y la articulación de capacidades institucionales e interinstitucionales, en función de desplegar insumos de política pública y estrategias conjuntas orientadas a lograr impacto a corto, mediano y largo plazo. Finalmente, vemos que se decreta una actualización del impuesto único por tipo de combustible, disminuyendo el valor del impuesto sobre la base de los niveles de índice de precios al consumidor.