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Estatalización o Propiedad Privada: Una tercera vía para aliviar la conflictividad nacional
  • Mynor Alexander Cerna

  • 25 de Agosto, 2020

A menudo escuchamos noticias o leemos artículos sobre la alarmante depredación de nuestros recursos naturales: bosques incendiados, ríos contaminados, tala y caza desmedida de nuestra flora y fauna. En la mayoría de los casos, la amenaza principal de estos recursos proviene de la sobreexplotación por parte individuos o grupos organizados, amparados bajo el argumento de que son recursos de uso común y  que por lo tanto tienen  el “derecho” de acceder y acabar con ellos; algo de cierto hay en la vieja premisa acerca de que  la propiedad de común o de todos, es al final del día  propiedad de nadie. Pareciera ser que la gestión y administración de los recursos naturales en Guatemala y generalmente en Centroamérica sigue siendo un foco de conflicto social; hasta ahora, las dos soluciones tradicionales no han dado mayores resultados: por un lado, tenemos la estatalización de los recursos naturales, administrados y dirigidos únicamente por el Estado o bien por otro,  la privatización absoluta de los recursos de manera que cada persona pueda prever y racionar la  utilización y explotación sobre estos, sin ningún tipo de limitación(1). Lo cierto es que ni la propiedad privada, ni el Estado han logrado que los individuos mantengan un uso productivo, razonable y a largo plazo de los recursos naturales. 

El reto en Guatemala y el resto de Centroamérica es, ¿Cómo logramos un uso más productivo, razonable y sostenible a largo plazo de nuestros recursos naturales? ¿Cómo reducimos los altos índices de conflictividad comunitaria por el acceso y explotación de estos recursos? 

La  escuela Bloomington presenta una tercera propuesta, Elinor Ostrom en su obra “El gobierno de los bienes comunes: la evolución de las instituciones de acción colectiva” muestra cómo dentro de ciertos grupos sociales es posible que exista cooperación y responsabilidad colectiva para con los recursos naturales. Estos grupos  desarrollan en sí mismos mecanismos e instituciones que no responden a ninguna de las alternativas anteriores, (la privatización o el Estado), sino que de manera conjunta crean modelos e instituciones que les permitan hacer uso de los recursos naturales de una manera más racional o responsable. Desde 1960 Ostrom dedicó su vida al estudio y análisis detallado de pequeños grupos comunitarios, productores rurales e indígenas y descubrió que en la mayoría de los casos la gestión de los recursos naturales por pequeños grupos resulta exitosa tanto social como económicamente para salvaguardar el medio ambiente(2).

 

Ahora bien, ¿Cómo implementar este modelo en un país como Guatemala y el resto de Centroamérica? Un breve análisis del marco jurídico imperante en istmo demuestra que los países de Centroamérica adolecen de una fuerte centralización y macrocefalia. Absolutamente todo el poder y dirección del gobierno se concentra en el ejecutivo y sus dependencias, esto significa que la mayoría de los recursos naturales se encuentran a merced, gestión y administración  del gobierno de turno y algunos cuantos privilegiados que logran concesiones para su beneficio particular. En el caso de Guatemala, la Constitución establece los bienes y dominios del Estado entre ellos los recurso naturales, reconoce la autonomía municipal  y promueve la descentralización, no obstante, ello, la realidad sugiere que solo el primero de los tres existe. Tanto la Ley de Descentralización como el Código Municipal han sido incapaces de garantizar un grado de autonomía e independencia que permita la gestión de los recursos naturales a las comunidades o municipios por cuenta propia(3). 

Es momento de replantearnos el modelo de administración decimonónico que nos ha mantenido en atraso durante tanto tiempo. Una tercera opción, podría fácilmente venir de Escuela Bloomington y su gestión comunitaria de los recursos de uso común, el andamiaje jurídico en Guatemala ya existe, el SISCODE o Sistema de Comités de Desarrollo(4) podría fácilmente funcionar como una herramienta e institución que permita la gestión de los recursos de una manera más razonada, sostenible y en aras de su conservación. Los ajustes o reformas legales son mínimas, basta con fortalecer  e institucionalizar a estos comités para que cada comunidad o municipio pueda decidir la administración y gestión de sus recursos, como mejor les convenga. Es momento de replantearnos el modelo decimonónico de administración pública, hace falta fuerza de voluntad, ganas de cambio, pero sobre todo hace falta apostarle a la institucionalidad.

(1) Ostrom, E., “El gobierno de los bienes comunes, La evolución de las instituciones de acción colectiva”,
Universidad Nacional Autónoma de México, Fondo de Cultura Económica.

(2) Ibid.

(3)FERNANDEZ LUIÑA, E., “La Escuela de Bloomington y los Ostrom un canto a la libertad y responsabilidad.” Centro para el análisis de las Decisiones Públicas. 

(4)Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, Decreto 11-2002.

El autor es estudiante de Derecho de la Universidad Francisco Marroquín con intereses especiales en el área pública del Derecho, descentralización y fortalecimiento institucional del país.