Condenan a Guatemala por violación derechos e igualdad ante la ley
El Estado guatemalteco fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH). De acuerdo al organismo, el Estado violó la libertad de expresión de tres pueblos indígenas luego de la persecución penal y los allanamientos realizados en radios comunitarias.
Por medio de un comunicado, la Corte-IDH indicó que «encontró al Estado de Guatemala responsable internacionalmente por la violación de los derechos a la libertad de expresión, la igualdad ante la ley y a participar en la vida cultural, en perjuicio de los pueblos indígenas maya» kaqchikel, achí y mam.
«La Corte determinó que la forma por la cual se encuentra regulada la radiodifusión en Guatemala consiste en una prohibición de facto, casi absoluta, al ejercicio del derecho a la libertad de expresión de los pueblos indígenas», añadió.
La sentencia del organismo explica que las radios Ixchel y Uqul Tinamit La Voz del Pueblo fueron allanadas en 2006 y 2012 por «autoridades estatales como resultado de órdenes judiciales dictadas en el marco de procesos penales».
«Sus equipos de transmisión fueron confiscados y algunos de sus operadores, miembros de las respectivas comunidades, fueron procesados criminalmente», recalca el texto.
Las acciones violaron los derechos de los pueblos indígenas en los municipios de Sumpango, Cajolá, Todos Santos Cuchumatán y San Miguel Chicaj, detalló la Corte-IDH.
Como medidas de reparación ante estos hechos violatorios, la Corte-IDH ordenó «reservar a las radios comunitarias indígenas parte del espectro radioeléctrico». Además de «abstenerse inmediatamente de (…) allanar dichas radios y aprehender sus equipos de transmisión».
«En Guatemala se encuentran un aproximado de 424 emisoras de radio licenciadas en frecuencia FM y 90 en frecuencia AM, de las cuales, una es emisora comunitaria indígena. Por otro lado, existen diversas radios comunitarias operadas por pueblos indígenas que no cuentan con licencia del Estado para su funcionamiento», expone la Corte.